jueves, 30 de marzo de 2017

“FUE A MATAR Y ACABÓ MUERTA”


Muchas voces pro aborto, paradójicamente, afirman: “Yo soy pro vida porque defiendo las vidas de todas ‘las otras’ que deciden hacerse cargo de su cuerpo.” Es decir, defienden únicamente la vida femenina originadora de vida (mujer) y su decisión de aniquilar la vida que yace en su vientre (excluyendo los casos terapéuticos claro está).

Pero invirtamos el razonamiento con un caso paradigmático: La mujer que fue a matar y acabó muerta”. Muchas mujeres que decidieron asistir a una práctica clandestina del aborto -en pleno ejercicio de “la autonomía sobre sus cuerpos”-, lo hicieron no siempre obligadas por la pobreza o falta de alternativas, sino -y lo recojo de testimonios- convencidas de que dicha práctica podía ser tan recurrente como el uso de métodos anticonceptivos; sumado a la sobreoferta de mercachifles (incluso no todos médicos) que los practican.

Es decir que esas mujeres acudieron con la intención de matar la vida en su vientre (que es un delito idéntico al que castiga su muerte como progenitoras) p.ej. creyendo que su frecuencia “lo vuelve normal”, y terminaron asimismo muertas. Con lo que técnicamente, nos encontraríamos frente a un "empate" en la supresión de bienes jurídicamente tutelados.
Que no se confunda. No consideramos que la muerte de la progenitora sea “menos reprochable”, sino que es igualmente reprochable que su decisión de matar la vida en su vientre, con un “aborto clandestino”.

Ahora bien, dimensionemos jurídicamente esos casos de muerte de una progenitora que se practicó un aborto, como una "pena natural". Algunos doctrinarios conceptúan la institución jurídica de la pena natural como "un mal grave que se auto inflige el autor con motivo del delito (´)”; que hace que la pena que le hubiere sido impuesta sea innecesaria. En otras palabras, “la pena resulta absolutamente innecesaria, atendidos los graves perjuicios que padece el autor producto de su conducta.”

En el caso que planteamos, la “pena natural” de la progenitora fue su muerte en el proceso de haber intentado cometer un delito: matar la vida que estaba por nacer.    

Por tanto, las muertes de esas mujeres no pueden ser resumidas a la cifra estadística de quienes intentan justificar la liberación de más causales para que se practique el aborto (más allá de los casos actualmente autorizados claro está). Porque según dijimos son muertes “empatadas” con las muertes de embriones o fetos. Caso contrario, otros también podrían exigir que se restrinja el aborto legal y vigente, por la cantidad de muertes de embriones o fetos.