Tras la apabullante respuesta del soberano
boliviano en el referéndum por los Estatutos y Cartas Orgánicas, el
Vicepresidente García Linera, cabizbajo, afirmó que “el triunfo del no significa que la gente prefiere un gobierno fuerte y
centralista.”
Es cierto
que el auto-consuelo suele ser una natural reacción humana frente el fracaso. Uno puede suponer que como hasta la fecha el
oficialismo no sufrió una derrota tan vergonzosa en las urnas (aunque esta vez
no hubieron candidatos), ellos se justificarán como sea, incluso intentando “capitalizar”
su derrota.
Pero, ¿qué les hace creer que con el NO “el pueblo
optó por un (fofo) Estado centralista”? Es un exceso hasta para ellos mismos. El
auto-consuelo tiene límites. El pasado domingo, NO asistimos a las urnas para
definir el “modo de Estado” (Unitario/centralista vs. Compuesto/autonómico), ya
que ese dilema quedó zanjado en la Constituyente (2006-2007) y con las posteriores
negociaciones de los Congresistas (2008).
Se le recuerda al oficialismo que, desde el 07 de febrero
de 2009 (fecha de la publicación de la Constitución Política del Estado en la
Gaceta Oficial), en Bolivia, ¡la autonomía es VIGENTE y EFICAZ jurídicamente!
Bolivia adoptó y ejerce, por voluntad del soberano (en las urnas de enero de
2009), el modo compuesto -autonómico- de Estado. Y este proceso, se les
recuerda también, le costó muerte, exilio, odio y persecución al pueblo.
Y el hecho de que por su supina ignorancia
dejaran el término “unitario” en el Artículo 1 de la CPE, no implica que, cual
‘zoombie’, resuciten ese modo de Estado superado. El nuevo modo de Estado yace
consagrado -esencialmente- en los Artículos 269
al 305 de la CPE.
La realidad, estimados ‘centralistoides’
es otra. Tras el NO en su fracasado referéndum,
los Gobiernos Autónomos Departamentales y los Municipales, ¡NO dejarán de
expedir leyes (en el marco de sus competencias) con el mismo rango que las
nacionales! La NO-aprobación de los Estatutos o de las Cartas
Orgánicas no generará "vacío jurídico” alguno, porque tan sólo se trata de
especies jurígenas que “reglamentan” a la Constitución y complementan a la Ley
Marco de Autonomías (LMDA), en lo concerniente a la autonomía departamental y
municipal, respectivamente. La CPE y la LMDA, entre otras normas conexas, por
elemental sistemática jurídica, son y seguirán siendo aplicables -subsidiariamente-
durante la "ausencia” del Estatuto o de la Carta Orgánica.
Por otro lado, el ministro de Autonomías Hugo Siles, cree que el referéndum “sólo tuvo que ver con las regiones, y no con el nivel central”. Ignorando que su fracasado proceso de referendo, tuvo que ver, competencialmente (salvo las competencias privativas), con la dinámica autonómica en todos los niveles de Gobierno; en cuanto a delegación y transferencia, ejercicio simultáneo de facultades, entre otras.
Finalmente, si analizamos
el fracaso de su referéndum, a nivel central, existen
culpables. El ministro de Autonomías, Hugo Siles, mínimamente, debe ser
interpelado. Toda vez que el proceso estatutario deberá “reiniciarse”, y ello
-hasta- implica el gasto de millones de Bs., otra vez. Su fracaso en la “socialización”,
como ministro del área, devino en el resultado negativo para el Gobierno y la
sociedad. Habría incumplido deberes.
En los hechos, la
aprobación (o no) de un Estatuto o de una Carta Orgánica, es intrascendente, a
efectos de la vigencia y eficacia jurídica del régimen autonómico.
Publicado en Página Siete
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