martes, 10 de octubre de 2023

URGE REGULAR LA SALUD MENTAL EN BOLIVIA

Cada 10 de octubre se conmemora el Día Mundial de la Salud Mental para concientizar acerca de esta problemática en todo el mundo.

Según el Monitor Global de Salud (2022) de Ipsos, durante los últimos 5 años en Latinoamérica se ha registrado un aumento en la relevancia que le dan los ciudadanos a la salud mental. Seguramente más como efecto de las secuelas de la pandemia por SARS-CoV-2.

Actualmente en Bolivia la materia de salud mental no está resguardada por legislación de desarrollo. Tampoco es abarcada por el Sistema Único de Salud (SUS) que dispone el Art. 18.III CPE y la Ley 1152 de 2019, respectivamente. Generándose inseguridad jurídica e incumplimiento de deberes especiales.

De hecho, desde hace 17 años en Bolivia, ni los -asalariados- asambleístas plurinacionales ni la negligente “Sociedad Boliviana de Psiquiatría” (que debería tener vocación científica propositiva), tuvieron iniciativa para proyectar legislar materia de salud mental. Por lo que juristas, médicos independientes y familiares de pacientes con padecimientos mentales tuvimos que hacerlo en lugar de ellos, presentando un inédito Proyecto de Ley de Salud Mental (PLSM) en junio del año 2022.

Inicialmente debemos precisar que dicho PLSM fue elaborado y presentado en ejercicio de la iniciativa legislativa ciudadana, según permite el Art. 11.II num.1, Art. 109 de la CPE de 2009 Ccdt. Art. 7.1, Art. 116.a) del Reglamento General de la Cámara de Diputados. En marzo del 2023 lo expusimos ante los miembros del Comité de Salud, Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados al cual recayó. Y semanas después, con recursos propios, lo “socializamos” en instalaciones de la Universidad Andina en Sucre junto a diferentes asociaciones de pacientes, familiares de estos, académicos y sociedades de profesionales del área. Invitándoles a que se apropien de la iniciativa legislativa.

Propósito que logramos. Porque tras nuestra presentación, la Sociedad Boliviana de Psiquiatría, el Colegio Médico de Bolivia y otros recién se pusieron a trabajar un “Proyecto de Ley de Salud Mental Comunitario”. Aunque con una perspectiva menos rigurosa que el nuestro, que fue proyectado desde la experiencia del Derecho comparado argentino; y, sobre todo, tomando en cuenta las sugerencias del The Royal College of Psychiatrists británico sobre “La legislación en salud mental en Bolivia” (Aboaja Anne et al; 2015).   

Empero, por ignorancia jurídica del personal administrativo de la deficiente Cámara de Diputados que obstaculizó su tratamiento aduciendo que “primero se debe contar con una Ley Marco que regule las iniciativas legislativas ciudadanas”. Se tuvo que recurrir al diputado sucrense Marcelo Pedrazas para que la volviese a presentar a fines de marzo de este año. Hasta la fecha, el Comité de Salud, Deportes y Recreación de Diputados no informa avance porque no le dan la prioridad que merece, provocando grave perjuicio a los sujetos objeto de regulación.

A continuación, podemos enunciar los siguientes objetivos de nuestro PLSM:

1) Resguardar el derecho de todas las personas a la salud mental, con énfasis en personas con padecimientos mentales; 2) Elaboración de un “Plan Nacional de Salud Mental" en el marco del “Plan de acción sobre salud mental” de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud; 3) La institución de un “Órgano de Revisión” presidido por la o el Director del Instituto Nacional de Psiquiatría “Gregorio Pacheco”, con sede en Sucre; 4) Legislar la figura de la internación involuntaria de personas como recurso terapéutico excepcional en caso de que no fueren posibles otros abordajes. 

Finalmente, recordemos que nuestro PLSM busca asegurar el ejercicio del derecho a la salud mental de todas las personas (entiéndase pacientes y no pacientes porque TODOS TENEMOS DERECHO A LA SALUD MENTAL); y en especial, el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimientos mentales.


Publicado en ANF


viernes, 6 de octubre de 2023

FRAUDE GONISTA ROBÓ A MANFRED Y FABRICÓ ELECTORALMENTE A EVO MORALES



Hace un tiempo, los del entorno del nonagenario Gonzalo Sánchez de Lozada (“Goni”) publicaron un “Proyecto de Constitución” que tenían empolvado en alguno de sus cajones consultoriles de medio pelo, que esporádicamente provocó un debate en torno a la posibilidad de una "Asamblea Constituyente".

Pero aprovechamos esa reaparición mediática de quien renunciara y fugara cobardemente en Octubre de 2003 (como el prófugo dictador Evo Morales en 2019), para enunciar ciertas culpas históricas de Goni.

Por un lado, Goni fue responsable de robarle a Manfred Reyes Villa la Presidencia del Estado el 2002. Y para peor, de generar falsas expectativas electorales al “Movimiento al Socialismo”. Una organización, más que política, criminal; peste que la padecemos a la fecha.

La estrategia gonista de aquél entonces tenía dos componentes. El primero de “guerra sucia” y el segundo de fraude electoral. Ambos están (en parte) explicados en el documental "Our brand is Crisis -trad. Nuestra marca es Crisis" (2005) de la televisiva HBO, en el que se evidencia la grotesca operación de Greenberg Carville Shrum (GCS), una consultora "de estrategia de campaña política estadounidense".

La sucia "estrategia" era posicionar a Evo Morales (que para ese momento era conocido por no reconocer a sus hijos y sindicado de masacrar a efectivos policiales y militares en Sacaba), con tal de perjudicar a Reyes Villa. Quien había acumulado capital político en Cochabamba.

Empero lo más asqueroso había ocurrido en lo electoral. Los por entonces vocales de la ex Corte Nacional Electoral (CNE) fueron denunciados de haber ejecutado una serie de hechos irregulares, como un “corte de luz”, con tal de adulterar los resultados electorales en favor de Goni y de Evo Morales. En ejecución de un modus operandi similar al que usó el Evismo en 2019, interrumpiendo el TREP y el DIREPRE el 2020, respectivamente. De hecho, no es casual que, en octubre de 2019, durante una de sus últimas conferencias de prensa antes de fugar, Morales recordara esos hechos del 2002 cual “alumno bien aprendido”.

A manera de vívido testimonio del fraude gonista podemos citar a Jorge Lazarte (+), exvocal de la CNE, que renunció antes de las elecciones generales del 2002 por su disconformidad con el control político. Lazarte declaró que en esos comicios “efectivamente sí hubo denuncias de irregularidades y observaciones, pero ninguna por parte de Evo Morales, sino por parte de Manfred Reyes Villa.”

Lazarte “recordó que el mismo Ministerio Público, que recibió las denuncias, encontró indicios de irregularidades, pero que tampoco continuó con las investigaciones”. Es más, el ex vocal afirmó que "los resultados oficiales eran muy distintos a los resultados de boca de urnas.” (Opinión 2013)

Buscando en la prensa de aquella época se puede destacar que el candidato Reyes Villa había denunciado que el ex Presidente de la CNE, Luis Beltrán, “días antes de los comicios del 2002 se había reunido en su domicilio con Goni”. Tal como hiciera Evo Morales con Choque, ex Presidente del TSE, dicho sea de paso.

Es así que, denuncias de por medio, durante el 2002 operaron un fraude decimal (sobre todo con la votación rural de Chuquisaca y con la participación del MBL, según testimonios de la época), cuya votación adulterada quedó con la siguiente diferencia decimal:

-Gonzalo Sánchez de Lozada – MNR 22.46 %

-Evo Morales – MAS-IPSP 20.94 %

-Manfred Reyes Villa – NFR 20.91 %

Es decir que, por robarle la Presidencia del Estado a Reyes Villa, el Gonismo del 2002 posicionó fraudulentamente a Evo Morales en un -falso- segundo lugar. Generándoles falsas expectativas electorales que luego fueron usadas para reproducir su corrompido poder en base al mismo FRAUDE electoral de forma cíclica.

En resumen, sepan MASistoides/wiphaleños que NO tienen ninguna virtud electoral, social o política. Ya que son simples criaturas del FRAUDE GONISTA que el año 2002 le robó la Presidencia del Estado a Manfred Reyes Villa.

 

 

 


miércoles, 4 de octubre de 2023

EVO ESTÁ OBLIGADO A ABSTENERSE DE REPOSTULAR DE POR VIDA

                                                    

Inicialmente, se debe recordar que Evo Morales antes del 2002 sólo era un dirigente cocalero y diputado que fue expulsado del Congreso para que respondiera (sin inmunidad) ante la justicia ordinaria por múltiples muertes de sus propios cocaleros, de efectivos policiales y militares que acaecieron por aquél entonces (La Razón, 19 de enero de 2002).

Ya durante el proceso preelectoral del año 2002, Morales, fue “fabricado” fruto de la campaña sucia y del fraude Gonistas operados ese mismo año para perjudicar al candidato con mayores posibilidades presidenciables, Manfred Reyes Villa. En efecto, el Gonismo hizo que Morales se posicionara en un falso segundo lugar.

Es decir que sin esa campaña sucia y fraude Gonistas (2002), más la huida de Gonzalo Sánchez de Lozada (2003), las renuncias de Carlos Mesa, las forzadas declinaciones de Hormando Vaca Diez y Mario Cossío (2005) y el acortamiento de mandato de Eduardo Rodríguez (2005). Evo Morales NO hubiera resultado electo.

Ahora bien, Morales resultó electo el año 2005 para el período improrrogable de 5 años, según le ordenaba el Art. 87.I de la CPE de 2005. Mismo Art. que le permitía ser reelecto por una sola vez, pero, después de transcurrido un período constitucional. Ya que antes nuestro ordenamiento republicano sabiamente preveía la reelección discontinua.

Es decir que si Morales cumplía su primer periodo de mandato 2006-2011 bajo el Art. 87.I de la CPE de 2005, debía abstenerse un periodo, y podía repostular recién el 2016-2021. Pero como su adicción por el poder lo tomó desde un inicio, se inventó el pretexto de la “Asamblea Constituyente” con el único fin de modificar el texto constitucional para sus múltiples repostulaciones, bajo la confianza de reproducir su “Evocracia” con un sistema electoral corrompido. Debe recordarse que Morales intentó que sus “Constituyentes” legislaran la “reelección consecutiva por voluntad del pueblo” de forma indefinida, pero fracasó.  

Entonces, entre que la “Asamblea Constituyente” simulaba legislar (con ignaros consultores de Salamanca por cierto), el Evismo angurriento de poder planificó el inconstitucional “Referéndum Revocatorio” para el binomio presidencial y 8 (de 9) Prefectos el año 2008. Creyendo poder volver a “legitimarse” a los dos años de su por entonces primera gestión de Gobierno. Y se sometió a dicho proceso que lo "ratificó". Sin notar que, en realidad, ese proceso eleccionario operaba ya como una reelección presidencial DE FACTO en su caso; violando el entonces vigente y eficaz Art. 87 de la CPE de 2005 que le prohibía hacerse “ratificar” o “reelegir” continuamente, aunque su primer mandato hubiese durado menos de 5 años.

Luego en diciembre de 2009, los angurrientos convocaron a otras elecciones en las que Morales nuevamente fue “reeelecto,” bajo la marrullería del "nuevo texto Constitucional". Con lo que para el 2009, Morales, en los hechos, ya se hizo reelegir dos veces continuas de forma amañada contra el ordenamiento jurídico del 2005 y del 2009.

Quedando probado que el ex Presidente fugado, Evo Morales, agotó de forma prematura su oportunidad de ser reelecto ya el año 2009, por angurriento. Por lo que las elecciones de 2014 y de 2019, además de fraudulentas, están viciadas de nulidad.

Finalmente, se debe señalar que el Art. 168 de la CPE de 2009 (reafirmado por el carácter vinculante del 21F y por la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte-IDH) cuando dispone: (‘) pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua.” Está regulando lo que la doctrina denomina “interdicción temporal” del cargo de Presidente/Vicepresidente del Estado; o limitando con precisión el número de mandatos presidenciales que un individuo puede ejercer durante su vida. Al emplear el adjetivo “único” es decir “para solamente dar un uso”. Visto de otro modo más pedagógico, el Art. 168 CPE NO autoriza expresamente la reelección discontinua.

Ergo, el ex Presidente fugado, Evo Morales, está obligado a abstenerse de repostular de por vida.