martes, 5 de agosto de 2025

¡SALVE LA REPÚBLICA!

 


«Este discurso no está dirigido a nadie, fuera del que ya lo considera como su propia vida o que, por lo menos, lo posee como un anhelo de su corazón.» Eckhart de Hochheim

El 6 de agosto de 2025, Bolivia se dispone a conmemorar los 200 años de su existencia como República independiente ante el orbe, en medio de un contexto electoral que marca el fin de un ciclo de dos décadas signadas por una violenta impostura ideológica: la falacia del denominado “Estado Plurinacional.”

Histórica y jurídicamente, se le recuerda sobre todo a las nuevas generaciones que la persona colectiva denominada Bolivia —ex ante “REPÚBLICA BOLÍVAR”, en homenaje al Libertador reconocido como “Padre de la República”— existe de hecho desde el 6 de agosto de 1825, fecha de su Acta o Declaración de Independencia, equivalente a su certificado de nacimiento. En el ámbito del Derecho, Bolivia existe desde la promulgación de su primera Constitución, el 19 de noviembre de 1826, por voluntad de su único “Congreso Jeneral Constituyente de la República Boliviana” (sic), convocado y nombrado por el pueblo libertario que había encañonado a la Corona con el propósito de dar forma a la Constitución del Estado.

Por tal motivo, 1) la “Asamblea Constituyente” del 2006-2008 fue derivativa (del poder constituido) más no originaria de algo que ya preexistía; 2) las 19 reformas constitucionales posteriores —incluida la de 2009— sólo pueden entenderse como modificaciones parciales en lo cuantitativo, sin alterar la identidad de la persona jurídica “Bolivia”. Stricto sensu, el vocablo reforma significa “volver a dar forma a la misma sustancia preexistente”; de ahí que Bolivia jamás fue “refundada”.

Ergo, la República de Bolivia se mantendrá como tal mientras subsista su personalidad jurídica; y que Dios, en su providencia, no permita jamás que tal extinción acontezca.

De ahí que, cuando algunos engañados “pluritas” creyeron estar conmemorando el 22 de enero la supuesta “fundación” de su “Estado Plurinacional” —mediante un Decreto que deberemos abrogar pronto—, ignoraban que en realidad esa fecha recuerda el día en que el Congreso de la República solicitó la expulsión del entonces diputado Evo Morales, en 2002. Tal decisión se hizo efectiva mediante la Resolución Camaral N.º 108/2001-2002, aprobada con 104 votos a favor y 14 en contra (de un total de 130 legisladores), luego de que Morales fuera sindicado por la muerte de siete personas —tres cocaleros y cuatro efectivos del orden— en el Chapare, durante los conflictos por el cierre del mercado de coca en Sacaba.

Pero volviendo a la precisión de nuestro espíritu nacional, cabe señalar que el Art.3 de la CPE dispone que: "La nación boliviana está conformada por LA TOTALIDAD DE LAS BOLIVIANAS Y LOS BOLIVIANOS, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas QUE EN CONJUNTO CONSTITUYEN EL PUEBLO BOLIVIANO." (Resaltado añadido)

De la precitada premisa, cabe señalar que tanto el vocablo "pueblo" como "comunidad" son elementos descriptivos dentro de la categoría Nación. El primero como conjunto de personas territorialmente delimitadas, y el segundo, como conjunto de personas territorialmente delimitadas que, además, comparten vínculos (costumbres, etc.) entre sí.

En el caso del término "naciones", el equívoco inicialmente es de orden semántico, al pretender reconocer una aparente “pluralidad de naciones" dentro de una misma Nación (boliviana). Pero si lo contrastamos con la categoría Nación, tenemos que al contener esta la "nacionalidad" -entendida como "vínculo jurídico de una persona con un Estado, que le atribuye la condición de ciudadano de ese Estado"-, tenemos que no cabrían "naciones" dentro de una misma Nación por carecer de tal único vínculo.

En ese orden de ideas, para la CPE de 2009, sólo existe una Nación boliviana porque ninguna otra de las denominadas "naciones" comprende tal vínculo jurídico. Y esto se explica mejor en el Título V (NACIONALIDAD Y CIUDADANIA) de la CPE, que en su Art.141.I, expresamente, dispone que: "La NACIONALIDAD BOLIVIANA se adquiere por nacimiento o por naturalización. (')" (Resaltado añadido) Siendo la mayor prueba material que el boliviano obtiene pasaporte como connacional de Bolivia.

Como se advierte, la CPE no reconoce ninguna otra nacionalidad distinta de la BOLIVIANA. Por tanto, las mal llamadas 36 “naciones” no son sino “lenguas”, como expresamente lo establece el Art. 5 CPE.

A 200 años de la Libertad,
por voluntad de los Libertadores y de los Constituyentes originarios de 1825–1826, Bolivia mantiene viva una República, una nación, una bandera, una religión mayoritaria y un idioma comprensible para todos: ¡todos elementos que no dividen, sino que afirman una verdadera COMUNIDAD DE DESTINO para salir adelante! 

Publicado en ANF

 



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