El Tribunal Constitucional
Plurinacional (TCP), además de haber incumplido con su
deber constitucional impuesto por el artículo 196/par. II, ya que no aplicó como criterio de interpretación, ni “la voluntad del constituyente”, menos “el tenor literal del texto”, pues copió y pegó vulgarmente la
redacción (e interpretación) de la Ley de Aplicación Normativa elaborada por el
oficialismo, también habrá generado una serie de efectos jurídicos adversos al
oficialismo.
Ya que, como nuestro sistema jurídico constitucional no
permite la figura jurídica de la “relección por más de una vez de manera
continua”, por imperio de la Disposición Transitoria Primera/par. II en
concordancia con el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (ambos orden
público inmodificable, inderogable e indisponible salvo reforma constitucional),
a la eventual “reelección por más de una vez de manera continua” del binomio
Morales-García Linera, le sobrevendrá nulidad absoluta e insubsanable.
De hecho, todos los actos posteriores
al acto viciado de nulidad (es decir, la eventual asunción del cargo de un
tercer periodo presidencial), serán también e irremediablemente actos
absolutamente nulos; generándose con ello una grosera inseguridad jurídica.
Al respecto de esto último, la CPE de 2009, en su artículo 122, consagra “Son nulos los actos de las personas que usurpen
funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen
jurisdicción o potestad que no emane de la ley.”
Premisa constitucional bajo la cual, Evo Morales, tras
haberse hecho reelegir -inconstitucionalmente- “por más de una vez de manera continua”,
y tras haber asumido el cargo en esas inconstitucionales condiciones, habrá
usurpado funciones que no le competen y ejercerá potestades que no emanaron de
la Ley (CPE).
Porque en su errático proceder, el TCP, no pudo ni
puede actuar cual “legislador positivo”, no pudo ni podrá jamás “derogar” el orden
público vigente consagrado en la Disposición Transitoria Primera/par. II en
concordancia con el Art. 168 de la CPE, que expresamente impiden la relección de
quien sea, “por más de una vez de manera continua”.
En ese contexto, debe rememorarse que, hace un tiempo
atrás, el servidor público Evo Morales confesó (textualmente): “Por encima de
lo jurídico, yo he aprendido, es lo político…yo a veces, cuando algún jurista
me dice ‘Evo te estas equivocando jurídicamente, eso que haces es ILEGAL’…yo le
meto por más que sea ILEGAL, después les digo a los abogado ‘si es ILELAGAL,
LEGALICEN USTEDES, para qué han estudiado’.”
Hoy, de tal confesión (contextualizada con la “coincidente”
conducta del TCP), podemos concluir que los abogados, a los cuales Evo Morales
se refería como los “legalizadores de lo ilegal”, son -pues-: los jueces en
general, los Ministros (Tribunal Supremo de Justicia), Magistrados (Tribunal
Constitucional Plurinacional), y los fiscales (Ministerio Público), entre otros.
Ese ese el staff “jurídico” plurinacional que
“legaliza lo ilegal”, a gana y gusto del servidor público Evo Morales y sus
huestes.

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