lunes, 26 de junio de 2017

NI "HÉROES" NI "MÁRTIRES", CONDENADOS

Tras haberse dado lectura a la Sentencia que condenó a los 9 bolivianos por los delitos de “robo con intimidación y violencia, porte ilegal de arma de fuego prohibida (sólo en el caso de los 2 militares) y contrabando”, por parte de la Jueza de Garantías de Pozo Almonte-Chile. El Presidente Evo Morales los declaró “mártires de la reivindicación marítima.” Insultando nuestra histórica reivindicación marítima boliviana, ofendiendo la memoria de nuestros héroes bolivianos del Pacífico.

La reacción previsible de Morales ya se dejaba leer horas antes de que inicie la lectura de Sentencia en Chile, en su Twitter personal, en su publicación: “3 años de sentencia es una injusticia que obedece a la soberbia de algunas autoridades de Chile.” Curiosamente, Evo que venía denunciando “presiones políticas” por parte de Santiago, o que el “fallo sería político”, terminó "condenando" (en Twitter) -y con anticipación- a los 9.

La vehemente campaña gubernamental (nacional e internacional) en defensa de los 9, no cesó. Y más bien se arreció tras conocerse la condena, al punto de convertirse en apología de los delitos por los que los 9 fueron condenados.

Ahora bien, dicha condena deviene de haberse “pactado” un "proceso abreviado" (o lo que también se denomina "justicia negociada") ofrecido por la Fiscalía chilena en el mes de mayo. Ya entonces advertíamos que dicha oferta no sólo implicaba la aceptación de los hechos. Sino que también le "ahorraría"/beneficiaría al Estado chileno que, como "víctima", evitaría "el costo de llevar un juicio oral".

Procesalmente, en un "abreviado", los imputados que terminan admitiendo los hechos materia de la acusación, resignan lícitamente -y en parte- su derecho a la defensa. Por ejemplo, ante un eventual "conflicto con los elementos estructurales del delito y su demostración." En este "mecanismo de terminación anticipada" del proceso, se le confiere mayor protagonismo a la exposición de la Fiscalía, que al criterio del Juez; al contrario de lo que ocurre en el tratamiento probatorio, dentro de un juicio oral. 
En el caso del ofrecimiento chileno del procedimiento abreviado, el mismo estaba dado, fundamentalmente, por el convencimiento en “el conjunto de los antecedentes de la investigación" que pesaban sobre los 9 detenidos. Con los que, la parte acusadora, pretendía “superar el criterio de suficiencia de los antecedentes de la investigación”, dentro del abreviado.

Empero, ¿por qué como boliviano no objeto patrioteramente la condena sobre los 9? Porque, sencillamente, los imputados no pudieron demostrar "causa de justificación" alguna, que “acreditara” su versión y mantuviera incólume su presunción de inocencia. No se olvide que en la versión chilena del procedimiento abreviado (a diferencia del nuestro), existe la opción de la "absolución". Y si tenían argumentos para, doctrinariamente, demostrar que los delitos imputados se efectuaron "en el ejercicio de sus funciones o en comisión del servicio" (sobre todo en el caso de los 2 militares), debieron haber sido "absueltos." 

En adición, por si se creyera que los condenaron por la sola “aceptación de los hechos” (requisito esencial del abreviado), debe señalarse que según el Art.412 del Procesal Penal chileno: "La sentencia condenatoria no podrá emitirse exclusivamente sobre la base de la aceptación de los hechos por parte del imputado." Es decir que, los hechos que se dieren “por probados”, resultan de: 1. "La base de la aceptación que el acusado hubiere manifestado respecto a los antecedentes de la investigación"; 2. "Así como el mérito de éstos, valorados en la forma prevista en el artículo 297 (N.C.P.P. chileno)."

Por todo lo antedicho, se concluye que no hubo mayor acto de "favorecimiento" al Estado chileno, por parte del Gobierno de Evo, que el haber promovido -directa o indirectamente- el "abreviado". Ya que, sino, debieron haber decidido que los 9 se defiendan en un juicio oral; a afectos de "discutir" carga probatoria, con mayor "libertad", por así decirlo.

El Gobierno de Evo, al haber gestionado que los 9 se sometan al "abreviado" -en favor del sistema judicial chileno-, apresuró su condena. Es decir, no solo agilizaron la asunción de “culpabilidad” (de la cual hoy protestan), sino que coadyuvaron -hasta económicamente (ahorrando)- a la "descompresión" de un sistema judicial "enemigo.”Es decir, el Gobierno de Evo fue responsable en la “negociación” que terminó condenando a sus “mártires.” 

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