jueves, 29 de septiembre de 2011

¿AMNISTÍA DEL PUEBLO? ¡CASTIGO DE LA JUSTICIA!



[El Presidente pidió perdón a los indígenas por la violencia que ejerció la Policía contra ellos. Aseguró que el Ejecutivo no ordenó la represión y demandó una investigación.]*
Como consecuencia de su agonía, el oficialismo represor “de los últimos días”, osa probar al soberano boliviano, llevando al límite su consumida paciencia. Ya que sin el transcurso de más que unas horas, el discurso del oficialismo represor “de los últimos días”, sospechosamente viró de “salvar responsabilidades”** a “pedir perdón a los indígenas”… ¿Perdón porque hubo -nomás-represión, porque hubo quienes ordenaron, quienes cumplieron reprimir a la Marcha Indígena? El oficialismo represor “de los últimos días” ensaya de mutuo propio una suerte de “amnistía” sobre la evidenciada represión a la condición indígena, sobre la evidenciada deposición de los Derechos Humanos.  

La amnistía, para la ciencia jurídica penal, es una institución que tiene como efecto “tener por nunca acaecido el hecho ilícito” (Nino, Cabanellas, Schmitt). Siendo entonces innecesaria la consideración de su tipicidad, antijuridicidad y punibilidad***. La amnistía comporta ser una institución jurídica cuyos efectos llegan a extinguir el delito en sí; o bien la situación jurídica -de culpabilidad- de quienes en su momento accionaron un curso causal que correspondió sus conductas con algún tipo penal presupuesto, para -en efecto- restituirles sus preexistentes estatus de inocencia, como “si nada hubiese ocurrido”. Me permito esta sucinta explicación en objeción al trasfondo político que se deja entrever -entre líneas- en el impostor discurso oficialista. Puesto a que lo que el servidor público ensaya en dos tiempos es:

  1. Acaecidos los eventos de intervención represiva de parte de las fuerzas estatales, el Primer servidor público sale facilonamente a decirle al soberano boliviano que él “salva su responsabilidad”. Como si pudiera de -mutuo propio- determinar “quién tiene y quién no” responsabilidades jurídicas ante las dañosas consecuencias del evento represor-gubernamental****. Y a su vez anuncia convocar a organismos internacionales e instituciones varias para “la conformación de una comisión de alto nivel investigativo”. Como si el Ministerio Público y sus fiscales no fuesen competentes, y como si los organismos extranjeros y las instituciones varias si lo fuesen*****.
  2. Acaecidos los eventos de intervención represiva, intensificadas las medidas de protesta nacional, el Primer servidor público “pide perdón” por algo que ya había antes “salvado de su responsabilidad”.

En consecuencia de estos dos momentos -más que disimiles, concatenados- es que se puede inferir la intención del oficialismo represor para auto-dictarse una suerte de “amnistía” que lo intente exonerar de lo que la Justicia y el correcto Derecho bolivianos deban históricamente determinar.   
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***La institución jurídica denominada “indulto”, en cambio, sólo opera con respecto a acciones ilícitas, típicas, antijurídicas, culpables y punidas (Mújica, Bustos, Schmitt). Por tanto, sólo extingue o interrumpe la pena.

****El Órgano Ejecutivo no tiene competencia (judicial) para determinar(se) el mismo su responsabilidad y/o su exoneración jurídica. Así la “decisión institucional” del Gobierno nacional para reprimir/intervenir implica tanto a la acción de desbloqueo y/o intervención de la Marcha Indígena, como las consecuencias fatales, háyanse querido o no.

Ver más en:
El modus operandi de la represión oficialista

Tampoco puede el Órgano Ejecutivo deslindar su orden de mando con respecto de la jerarquía institucional (pública), con tal de evitar una vez más a que sea la justicia la determine aquellos extremos.

El oficialismo desconoce que la responsabilidad tiende a recaer, por un principio de cohesión orgánica, -ab initio- sobre todos los miembros e instancias del Órgano -jerarquizadamente- estructurado, mientras se vaya determinando la responsabilidad (personal) de  quienes con dolo o culpa hayan producido (o ayudado a producir) un resultado lesivo/delictivo. Es decir que mientras el centralismo oficialista mantenga contubernios y encubrimientos en el rango de su pestilente jerarquía ministerial, toda la estructura decisoria del Órgano Ejecutivo es responsable "solidariamente". 

Ver más en:
DESLINDE DE RESPONSABILIDADES

*****Tomando en cuenta la evidente cooptación oficialista del Órgano Judicial, el soberano boliviano es el que, sin organismos extranjeros oficiosos y ambiguos, debe hacer un estricto CONTROL SOCIAL según le permite la C.P.E. plurinacional.






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