El Gobierno Plurinacional no
solo perjudicó millonariamente a los ingresos (arcas) del Estado boliviano, con
el atraso de tres años y la consecuente pérdida de 527.6 millones de
dólares (El Diario, 28/07/2012) por la firma de un contrato de provisión de gas
a la Argentina, sino que en agravante consintió la firma de un contrato
"interrumpible".
Ahora bien, la característica de interrumpible no
solo podría ser interpretada como una eventual extinción de la
relación contractual. Ya que también podría dar paso a una modificación
contractual con respecto de los volúmenes y los precios, más aun conociendo
la mala fe de ambos gobiernos. Por lo que la interrumpibilidad, a la cual
los plurinacionales han sometido un negocio millonario, se puede calificar como burda inseguridad jurídica.
En el caso de que se fuese a
suceder una interrupción para dar paso a la fijación de nuevos volúmenes y precios, y así concretar
la anunciada rebaja de precio de venta del gas a la Argentina, la
figura jurídica que se emplearía entonces sería la novación objetiva.
Definitivamente por atender a una obligación principal sería un nuevo contrato,
camuflado bajo el ropaje de addendum o
modificación del contrato vigente. Y como sería un nuevo contrato, podrá (por
las nuevas condiciones) resultar lesivo al Estado, más aún si existiere demanda
que puede o quiere pagar igual o mayor precio por el gas que se vende a la
Argentina.
Sin embargo, el contrato
interrumpible siempre será lesivo, porque según el principio pacta sunt servanda ("lo
pactado obliga"), Argentina debe cumplir con el precio y el tiempo
estipulados, y si no pudiera o no quisiera pagarlo y cumplirlo, deberá resolver
el contrato pagando daños y perjuicios al Estado boliviano.
Finalmente, conociendo la postura
plurinacional, el acreedor en vez de exigir el cumplimiento de la obligación
contractual, a simple solicitud, más bien lo negociará (rebajando el precio),
manifestando con ello el dolo típico de la lesión económica al Estado.
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