[Marlene Ardaya no pone las manos al fuego por los “coas”]*
"No pone las manos al fuego" por los CO(IM)AS, pero si por funcionarios que no solamente fueron denunciados por corrupción, sino que están IMPUTADOS!
La interina declara que obrará “hasta donde pueda controlar la corrupción”...
Cuando es la CORRUPCIÓN la que evita que la Presidenta a.i. no pueda suspender, destituir, a sus IMPUTADITOS GERENCIALES!
“Yo, en la vía penal como corresponde estoy asumiendo mi defensa y, obviamente, haciendo prevalecer el derecho constitucional que tiene cada ciudadano de la presunción de inocencia es que continúo trabajando en la institución”. Gerente de la Aduana de La Paz**
Amparados los sospechados en una ignorante y dolosa utilización del "derecho al trabajo", de la "presunción de inocencia", como excusa para MANTENER LA PARASITARIA CORRUPTELA. De ser así cuantos "neoliberales" y/o "plurinacionales" CORRUPTOS "inocentes" fueron "desempleados", fueron vulnerados en su "derecho a trabajar"...
“La presidenta de la Aduana, en este caso, no puede ser sancionadora porque estaría en contra del artículo 46 de la Constitución Política del Estado, que corresponde al derecho al trabajo, mientras no se compruebe lo contrario, por tanto el señor (La Fuente) todavía no tiene una sentencia”***
"Trabaja, que habrá tiempo para corromper"; "mientras se trabaje se puede corromper inocentemente"; o "mientras no exista sentencia condenatoria (en uno de tus procesos) estate nomas, ya que no queremos engrosar los groseros índices de desempleo..." Pluri-inferencias
¿El "derecho al trabajo" excusa a la corrupción, la fomenta. Es esa la pluri-(i)lógica? O por lo menos lo es en algunos casos, bajo ciertos intereses. Cómo es que no se defendió la "presunción de inocencia", no se benefició del mismo "derecho al trabajo" (mientras se lo procesa penalmente), en el caso de la recientemente destituida ex-Autoridad de Fiscalización de Empresas.
La interina de la Aduana Nacional no entiende que la suya postura ante advertidas situaciones de corruptela no es la de "sancionadora" en un sentido judicial. Ya que para ello está la justicia (debería ser así). En principio la interina, como cualquier ciudadano, está en la obligación de denunciar este tipo de hechos o indicios. Siendo que además la interina, por el cargo ejecutivo que ocupa, deba asumir una serie de medidas que garanticen la prosecución investigativa de la verdad. A sí mismo CUMPLIR CON LO QUE MANDA LA C.P.E., LA LEY GENERAL DE ADUANAS, su RESPECTIVA REGLAMENTACIÓN, y demás regulaciones complementarias o modificatorias.
Solo Dios sabe que se hizo o deshizo en Impuestos Nacionales bajo la administración de la sospechada "mujer de hierro"!
Finalmente ni con la "lectura de códigos de barras", ni con una Ley de modificaciones al Código Tributario y Ley General de Aduanas de Bolivia, se puede corregir la conducta si es que no se cortan de raíz a los parásitos institucionales. ¿O es que estos son de indestructible hierro?
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