domingo, 18 de marzo de 2012

El “Unrechtsstaat” Plurinacional


 


¿Fue la comunista Alemania del Este injusta o simplemente corrupta”?[1] es el título bajo el cual un periodista de la casa Reuters ha compartido un acalorado debate, sobre si “la comunista Alemania Oriental era un ‘Unrechtsstaat’ (‘Estado injusto’) o meramente no un ‘Rechtsstaat’ (‘Estado basado en el imperio de la ley’)”. El autor escribe “La República Democrática Alemana (RDA), la Alemania del Este como oficialmente se la conoció, no tenía ningún poder judicial independiente, ni elecciones libres y un sistema de vigilancia a cargo de la Stasi que utilizaba métodos brutales para aplastar la disidencia durante cuatro décadas.” Así, el término Unrechtsstaat esencialmente caracteriza a todo Estado cuya conducta sea irrestricta, antípoda a la limitación del poder (propia de un Estado constitucional), por tanto –injustamente- vulneradora de parámetros morales y éticos básicos de convivencia social dados por una particular escala de valores.

Empero, debe aclararse que un Unrechtsstaat, no es que careza de sistema jurídico (Derecho), sino que, entendido desde un positivismo escrupuloso, más bien posee un sistema jurídico (Derecho), pero, confeccionado para la conservación y expansión del poder  político y de la élite que lo ejercita. En efecto, propiamente puede decirse que el sistema jurídico de un Unrechtsstaat posee cuerpos jurídicos carentes de lo justo (subjetivo) -en tanto moral y ética-, que una determinada escala de valores asiente de común acuerdo para una sociedad, pero que a su vez, son cuerpos jurídicos lo suficientemente estructurados en la idea formal (positiva) de la Ley que, aun así de amorales y/o insoportablemente injustos, se hacen exigibles en su cumplimiento como instrumentos de opresión política y conservasión/expansión del poder.  

Al respecto, sobre el injusto positivo, el profesor Gustav Radbruch sostenía “El conflicto entre justicia y la seguridad jurídica debió resolverse con la primacía del derecho positivo sancionado por el poder, aun cuando por su contenido sea injusto o inconveniente, a no ser que la contradicción de la ley positiva con la justicia alcance una medida tan insoportable, que deba considerarse como ‘falso derecho’ y ceder el paso a la justicia”[2]. Radbruch, desde su celado positivismo tuvo que reconocer que sistemas jurídicos como el nacionalsocialista eran “legales”, en la medida de que p.ej. el nazi proceder (cruel/arbitrario) emergía no de la espontaneidad política, sino desde la positividad de un cuerpo jurídico que lo habilitaba en su "legalidad" ("seguridad jurídica" per se), aun en cuento fuese -subjetivamente- injusto, al respecto Radbruch arguyó "(…) Medidas conforme a este patrón, grandes porciones del derecho nacionalsocialista jamás han llegado a la dignidad del Derecho válido. ”[3]. No obstante, Radbruch halló consuelo al creer que "el Derecho válido” podría bien ser resguardado por una “supralegalidad”, a la cual el contenido y el valor (inherente) de la ley deberían estar subordinados en su mensura, decía sobre ello el autor “Por donde vemos cómo, a la vuelta de un siglo de positivismo jurídico, resucita aquella idea de un Derecho superior a la ley, supralegal, aquel rasero con el que medir las mismas leyes positivas y considerarlas como actos contrarios a Derecho, como desafueros bajo forma legal. Hasta qué punto deba entenderse a la justicia cuando ésta exija la nulidad de las normas jurídicas contrarias a ella, y en qué medida debe darse preferencia al postulado de la seguridad jurídica, si ésta impone la validez y el reconocimiento del Derecho estatuido, aun a truque de su injusticia (…)”[4]  

Ahora bien, volviendo desde la idea preliminar, el Estado plurinacional es un típico caso de "Unrechtsstaat" (Estado injusto), en contraposición al Rechtsstaat ("Estado basado en el imperio de la Ley”), cuyo pluri-Derecho está alejado y en negación con la justicia, que al decir radbruchniano, está más bien gobernando por la "arbitrariedad legal". De hecho, el Estado plurinacional[5] ampara su injusto proceder en la aplicación positivista de la Ley arbitraria, en cruenta conveniencia de su antojo político. El plurinacionalismo tiene un constructo jurídico amoral y vicioso, uno -en stricto sensu- persecutorio, que en agravante, al decir de Günther Jakobs, ejercitaría un “Derecho penal del enemigo”, pero en este caso del enemigo político[6].

Finalmente, cabe resaltar que los plurinacionales (otrora uso-costumbristas, renegados y acomplejados[7] ante las formas occidentales-positivistas) no podrían ejercer su persecución política, ni imponer su hegemonía política (más no cultural), ni tampoco tratar de deconstruír la República de Bolivia para imponer su plurinacionalnihilismo, sino y solo por intermedio de lo mismo que se decía reprochar de las formas jurídicas positivo-occidentales.
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[1]Was Communist East Germany unjust or just corrupt by Jacob Comenetz; Reuters; MAY 22, 2009.

Ver también en:
War die DDR ein Unrechtsstaat?; Thomas Claer; justament.de

[2], [3] Arbitrariedad legal y Derecho SupralegalGustav Radbruch

[4] Introducción a la filosofía del Derecho; Gustav Radbruch 

[5] Radbruch cuestiona “¿Merece la calificación de “Estado”, en el sentido jurídico de la palabra, un Estado que equivale a la dominación de un solo partido, que condena a la muerte a todos los demás y que representa, en general, la negación del Derecho mismo?” (Ibíd).

[6] Derecho Penal del Enemigo, Político

[7] INSTITUCIONES (PLURI) JUDICIALES ACOMPLEJADAS

Ver también en:
El acomplejamiento masistoide

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