- Confirmándose la impostura de la consulta tardía y prorrogada en el TIPNIS, el Gobierno, sin haber podido conseguir el consentimiento (o la “libre manifestación de la voluntad conforme”) de todos los directamente afectados e inventándose una “mayoría”, nuevamente volvió a contratar a dos empresas para la construcción del tramo I sin haberse concluido la consulta.
Se suponía que el Gobierno había suspendido la construcción de los tramos I, II y III y que habían sido resueltos los contratos de financiamiento y construcción (BANDES-OAS respectivamente) con el fin de hacer calzar su consulta como previa, creyendo así haber retrotraído sus acciones (administrativas, legislativas y ejecutivas) en el tiempo.
En los últimos días se conoció que sin haber sido concluida la consulta tardía y más bien transcurriendo su prórroga, “el Gobierno, a través de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), suscribió (') un contrato con la Empresa Boliviana de Construcción (EBC) y con la firma Asociación de Mantenimiento Vial (AMVI)” para la construcción del tramo I (Villa Tunari-Isinuta) de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos.
Con respecto a AMVI, considerando que es una empresa “de propiedad comunal y está a cargo de los cocaleros de la Federación del Trópico, de la Federación Yungas Chapare y de la Federación Centrales Unidas”, se podría inferir que su contratación es legítima habida cuenta de la cercanía del Gobierno con la Federación del Trópico.
Ahora bien, debe señalarse que el presidente del Estado Plurinacional, Evo Morales, fue reelecto como “Secretario Ejecutivo” de la Federación del Trópico de Cochabamba (según su 22 Congreso Ordinario), pero que por sus obligaciones presidenciales dicho nombramiento posee un carácter “simbólico”, según afirmó al momento de su posesión.
Bajo tales hechos, los apresurados contratantes de la AMVI vulneraron los principios de “(') imparcialidad, ('), ética, transparencia, igualdad (')” establecidos por el artículo 232 de la CPE.
Y se olvidaron que Evo Morales al ser Presidente del Estado Plurinacional y simultáneamente Secretario Ejecutivo “simbólico” de la Federación del Trópico quedaría prohibido y viciaría como Máxima Autoridad Ejecutiva del Órgano Ejecutivo (respecto de la suscribiente ABC) cualquier contratación -directa o indirecta- con una empresa perteneciente o administrada por una organización que él mismo acaudilla aunque fuere de forma “simbólica”.
En adición, el artículo 236 de la CPE establece que “son prohibiciones para el ejercicio de la función pública: (') celebrar contratos o realizar negocios con la Administración Pública directa, indirectamente o en representación de tercera persona”, “(') actuar cuando sus intereses entren en conflicto con los de la entidad donde presta sus servicios” (Estado y Federación del Trópico, respectivamente).
Así también, el artículo 239 de la CPE establece expresamente que “es incompatible con el ejercicio de la función pública: (') 2) La celebración de contratos administrativos (éste es el caso) o la obtención de otra clase de ventajas personales del Estado”; pareciendo ser aquí la “persona aventajada” la Federación del Trópico (persona colectiva) cuyo Máximo Ejecutivo “simbólico” es también Presidente del Estado Plurinacional.
Por otro lado, el presidente Evo Morales “metiéndole nomás” la construcción de la carretera, aún sin haber concluido la consulta tardía y contratando -como Gobierno- a una empresa de la Federación del Trópico, entre justificaciones afirmó: “Este proyecto viene desde antes de la fundación de la República (...) queremos salvar nuestra responsabilidad histórica, pero hay gente que se opone”.
Es decir que el Presidente del discurso “descolonizador” -obedientemente- dará cumplimiento a un proyecto destructivo del medio ambiente y de la “madre tierra”, ni siquiera republicano sino “colonial”.
Publicado en Página Siete
0 comentarios:
Publicar un comentario