
El servidor público Luis Arce, mediante nota MEFP/MD/JG- 4011/2012, de 04 de octubre de la presente gestión, comunicó que se ausentaría del país “(…) en misión oficial del 10 al 20 de octubre de 2012 (…)”, para hacer su roadshow y colocar sus bonitos en el (“neoliberal”-“capitalista”) mercado de capitales, o contratar deuda externa que es lo mismo, por un valor de 500 MM.
Ahora bien, tomando en cuenta los extensivos privilegios y bondades del Decreto Supremo 1031, que define la “escala de viáticos” (asignada a los “países comprendidos en Europa, Asia, África y Norte América”), y por cuya “primera categoría” se le asignan 339$/día al servidor público viajante, se tiene que el servidor público Luis Arce, por 10 días según su comunicado, obtuvo la suma extra de 3,339 $us (23. 255 Bs./al tipo de cambio actual del BCB).
En consecuencia, considerando que según el DS 28609 la remuneración para el Presidente del Estado es de Bs. 15.000, y que según el DS 28618 expresamente “(…) ninguna autoridad o funcionario dependiente del sector público, podrá percibir una remuneración mensual igual o superior al monto aprobado para el Presidente (…)”, salvo que pertenezca a alguna “empresa estratégica”, resulta evidente que el servidor público Luis Arce, vulnerando el ordenamiento jurídico vigente, percibió una remuneración superior en Bs. 8. 255 a la aprobada para el Presidente.
Obviamente, el mismo razonamiento debe ser aplicado a todos los casos en los que los servidores públicos, a partir de la vigencia y vigor del Decreto de “austeridad”, realizaron viajes y por los cuales hayan percibido una suma que, adicionada a su salario mensual, haya excedido el salario aprobado para el Presidente del Estado. De hecho, el mismo Presidente, con la frecuencia de sus viajes, ha excedido en muchísimas ocasiones el monto máximo que es su sueldo, violando el ordenamiento jurídico.
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