martes, 30 de octubre de 2012

Reformas agrarias, ¿pacificas o violentas?



A
l respecto del proceso de paz llevado a cabo entre el Gobierno colombiano y las FARC, el Embajador de México en Colombia, Florencio Salazar Adame, (otrora Secretario de la Reforma Agraria de Vicente Fox) le dijo a un periodista local que “no cree que la reforma agraria (o la redistribución de tierras), que es un eje de discusión, se llegue a dar por medio de un proceso de paz. Porque en su experiencia mexicana, la reforma agraria resultó de la violencia y amenaza de procesos revolucionarios. En una ocasión, con la revolución de Emiliano Zapata, y luego se volvió a redistribuir la tierra, como respuesta a las andanzas del Subcomandante Marcos. Es decir, que en ningún caso por medio de un proceso de paz, como el pretendido por Gobierno colombiano y las FARC”. 

En el caso boliviano de 1952, se podría coincidir con la teoría de que las reformas agrarias, o los procesos de redistribución de tierras, devienen de procesos no necesariamente pacíficos. 

Empero, retomando el caso colombiano, el Gobierno colombiano identificó dos problemas convergentes al respecto de la tenencia de la tierra:

  • Por un lado, todavía persiste el resabio 80/90tero del acaparamiento de grandes extensiones de tierra en manos de narcotraficantes;
  • Y por otro lado, y no menos importante, la atomización o minifundialización de predios campesinos que representa un 80% en el área rural. Mismos que, por sus características, no son suficientes como para garantizar la subsistencia del campesino y su familia, y  que ello conlleva a que los campesinos se ofrezcan como mano de obra barata como “jornaleros”. 

Ahora bien, sobre la minifundialización de los predios campesinos, que es un problema mayor en razón al número de personas a las que afecta, existen posiciones encontradas. 

Unos, desde una perspectiva conformista y resignada claro está, afirman que, no obstante de ser insuficientes dichos predios, “se debe respetar la decisión del campesino, ya que éste se adapta y subsiste en función a sus particulares formas comunales, y que por tanto no debe  ser incorporado a la cadena productiva tradicional”. Otros, esgrimiendo un contraargumento más racional, afirman que, no por dejar que el campesino supuestamente “se adapte” a lo poco (o mucho) que posea, en la creencia de que así “se estaría respetando su decisión”, se lo tenga que privar de su derecho de participar en la cadena productiva nacional.

Puesto a que el problema no se resuelve, ni se resolverá, con el solo acceso del campesino a la tierra. Sino -y fundamentalmente- con la facilitación de factores productivos de parte del Estado, y esto -indefectiblemente- implica la inclusión del campesino en la cadena productiva nacional. Más allá de que éste supuestamente “haya decidido trabajar su minifundio”, ya que muchas veces los mismos campesinos ni siquiera deciden, sino que no tienen alternativa alguna.

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