Fuera del
hecho de que los plurinacionales tratarán imponer una institución occidental
del siglo XIX como es el Ballottage o
"segunda vuelta", que los plurinacionales demuestren que la inconstitucional
Sentencia 300/12 establece la posibilidad de que exista una "segunda
vuelta". La inconstitucional Sentencia 300/12 impone la concertación de
todos los indígenas, sin excepción, y no posibilita o siquiera menciona
"segunda vuelta" alguna.
Este nuevo
inventito de la "segunda vuelta" plurinacional es similar a los “2/3”
o a la “simple mayoría” que se inventaron para obviar el hecho de que el
Gobierno no pudo concertar con todos los corregidores indígenas, porque
entonces el Gobierno seleccionó con quiénes firmar un acuerdo mediático.
No obstante,
con su necesidad por la "segunda vuelta" confirman, una vez más, el
fracaso de su consulta chuta. Es más, la imposición de una eventual
"segunda vuelta", para intentar aplacar la RESISTENCIA indígena, se
constituirá en una nueva vulneración a los Derechos Fundamentales. Ya que se
infiere que los indígenas se RESISTEN porque sencillamente NO ESTÁN DE ACUERDO,
y con ello inutilizan la Sentencia 300 que exige la concertación de todos los
directos afectados por medio de sus naturales y verdaderos representantes.
Antes los indígenas fueron reprimidos con armas de fuego, hoy los plurinacionales lo hacen (irónicamente) con herramientas occidentales.
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